Rentas
Inmuebles - Exención
COSTO
Gratuito
HORARIO
Lunes a Viernes de 7:00 a 13:00
DIRECCIÓN
Rivadavia 498 - Planta Baja
TELÉFONO
481227 - Interno 107
La exención del impuesto sobre la tasa del inmueble se divide en dos posibilidades:
  • El 100%; el beneficiario no debe tener más de una propiedad, y sus ingresos familiares no deben superar una jubilación mínima.
  • El 50% el beneficiario no debe tener más de una propiedad, y sus ingresos familiares no deben superar dos jubilaciones mínimas.
De no cumplir con los requerimientos anteriores, no obtendrá el beneficio.
Pasos para realizar el trámite
1
Presentar documentación Se deberá presentar el último recibo de haberes jubilatorios y fotocopia del DNI.
2
Completar declaración jurada
3
Se procesa y analiza cada caso De ser otorgado el beneficio, se le cominicará y se verá reflejado en el próximo impuesto.